Ley de contaminación acústica y el sistema auditivo. Análisis desde la complejidad del tercero excluido

Autores/as

  • Walter Alfredo Montano Rodríguez

Resumen

La legislación ambiental en materia de ruido molesto evalúa los sonidos teniendo en cuenta ‘lo que escucha el oído’ simplificando el resultado de las mediciones a un sólo parámetro, siendo esto inadecuado al momento de examinar un ruido que contenga baja-frecuencias acústicas, las cuales no son percibidas por el oído, pero sí por la complejidad intrínseca del sistema auditivo. La Organización Mundial de la Salud advierte esta discordancia, la cual no es tenida en cuenta en las leyes de los países Latinoamericanos incluida la de la Ciudad de Buenos Aires. Las emisiones en baja-frecuencias de los aparatos electromecánicos son los que mayores molestias causan a las personas, que redunda en problemas económicos a causa de que las mediciones por ruido molesto no son correctas porque no es considerado como emergente dicho fenómeno. Esta problemática es una tradición heredada desde hace más de 80 años en la metrología, y se mantiene a pesar de que se conoce como inapropiada esa forma de medir el sonido. Aquí se construirá «la historia no detallada» de la realidad de la legislación ambiental en materia de ruido molesto, examinando interdisciplinariamente la fisiología de la audición, la ley y la acústica, para cruzarlas desde la complejidad y atravesar sus fronteras con el objetivo de imprimir una visión transdisciplinar a las baja-frecuencias acústicas, así como
tercero excluido para que sean consideradas como parte de la evaluación de un sonido molesto, que deje de lado la concepción positivista que tiene actualmente la legislación ambiental.

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Publicado

2025-08-15

Número

Sección

Artículos